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Preguntas más frecuentes (FAQ)

En The Lopez Law Firm, PLLC, entendemos que usted tiene preguntas acerca de sus aplicaciones y peticiones de inmigración con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) y con respecto a sus casos judiciales con la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR). A continuación encontrará respuestas a algunas de nuestras preguntas más frecuentes.

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¿Cuál es el estado de mi solicitud al USCIS?

Existe una herramienta en el sitio web del USCIS que le permite seguir el estado de su solicitud, petición o petición, que puede encontrar aquí. Necesitará un número de recibo para este formulario. Su número de recibo es un identificador único de 13 caracteres que se da para cada solicitud o petición y que se puede encontrar en el formulario I-797 que le envía inmigración por correo o por correo postal.

¿Cómo puedo comprobar la fecha de mi juicio?

Puede consultar su fecha de comparecencia en la página web de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR) aquí. Para acceder a esta información, necesitará su número A, que empieza por la letra "A" y tiene ocho o nueve dígitos. Puede encontrar este número en cualquier correspondencia que tenga del EOIR, del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y/o del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).

¿Cómo cambio mi dirección ante el Tribunal?

Para cambiar su dirección con EOIR, puede rellenar un formulario en línea, que encontrará en aquí. No obstante, también deberá entregar al DHS una copia del documento que cumplimente. Presente el formulario dentro de los cinco días hábiles siguientes al cambio de domicilio. Envíenos cualquier confirmación de cualquier cambio de dirección que realice con EOIR para nuestros archivos, en caso de que el Juez de Inmigración solicite una prueba de que se completó.

¿Cómo cambio mi dirección con USCIS?

Cambiar su dirección con el Servicio Postal de EE.UU. no cambia su dirección con USCIS. Puede cambiar su dirección en su cuenta en línea con USCIS o mediante la presentación del formulario AR-11, que es un formulario de cambio de dirección que actualizará su dirección en todas sus solicitudes, peticiones o peticiones pendientes. Si utiliza el formulario en línea, no es necesario que envíe este formulario por separado. Puede empezar por aquí. Por favor envíenos confirmación de cualquier cambio de dirección, en caso de que USCIS cometa un error y no cambie su dirección. Si sus solicitudes o peticiones se presentan en el Centro de Servicio de USCIS en Vermont, por favor póngase en contacto con nosotros, porque el cambio de dirección debe ser enviado por correo electrónico a USCIS a través de una dirección de correo electrónico dada a los abogados.

¿Cuándo tramitará USCIS mi solicitud y/o petición?
El sitio web del USCIS tiene un formulario que puede enviar en línea y que le permite comprobar los plazos de tramitación de los expedientes. Puede encontrar el formulario aquí.
También hay una herramienta en el sitio web del USCIS que le permite seguir el estado de su solicitud, petición o petición, que puede encontrar aquí.
Necesitará un número de recibo para cada uno de estos formularios.
¿Tengo derecho a solicitar la dispensa provisional, formulario I601A?

Si tiene una petición I-130 aprobada y la única razón por la que un consulado estadounidense le denegaría el visado de inmigrante sería que salió de Estados Unidos tras acumular presencia ilegal más de 180 días por primera vez, puede optar a este beneficio. Además, no puede tener ningún otro motivo de inadmisibilidad (ni delitos penales, ni problemas relacionados con las drogas, ni otras infracciones de inmigración) para solicitar esta dispensa.

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