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El 18 de junio de 2024, el presidente Biden anunció una serie de acciones de inmigración utilizando la autoridad que le otorgan las leyes migratorias existentes. Estas acciones ayudarán a ciertas personas indocumentadas en los Estados Unidos, incluyendo:

  • Cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses que lleven viviendo en Estados Unidos al menos 10 años.
    • Usted puede ser elegible para solicitar su tarjeta verde sin salir de los Estados Unidos, si, a partir del 17 de junio de 2024:
      • Se encuentra en Estados Unidos tras entrar sin permiso;
      • Has vivido en Estados Unidos durante al menos 10 años y nunca te has ido;
      • Está legalmente casado con un ciudadano de EE.UU. o tiene una relación de hijastro cualificado con un ciudadano de EE.UU.; y
      • No tiene determinados antecedentes penales ni supone una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.
    • Si cumple estos criterios, el gobierno PUEDE concederle la libertad condicional.
      • La libertad condicional se concedería por un periodo único de tres años.
      • También puede optar a una autorización de empleo de hasta tres años.
    • Si le conceden la libertad condicional, podrá solicitar la tarjeta verde en los tres años siguientes a la aprobación.
    • La admisibilidad se determina caso por caso.
  • Beneficiarios de DACA con educación universitaria y Dreamers que reúnen los requisitos para obtener un estatus de no inmigrante, como una visa de ocupación especializada H-1B.
    • Puede que le resulte más fácil solicitar un visado temporal si:
      • Posee un título de una institución de enseñanza superior estadounidense acreditada; y
      • Tiene una oferta de empleo de una empresa estadounidense en un campo relacionado con su titulación
Tenga en cuenta que estos programas aún NO han comenzado. Se espera que los detalles sobre cómo solicitarlos se publiquen a finales de verano mediante un anuncio en el Registro Federal. Es decir:
  • NO PUEDE presentar una solicitud en este momento
  • NO DEBE pagar a nadie una tasa asociada a la presentación de una solicitud en este momento.
  • SEA PACIENTE y tómese el tiempo necesario para encontrar el consejo adecuado El consejo equivocado podría perjudicar sus posibilidades de permanecer en Estados Unidos, obtener un estatus legal o convertirse en ciudadano estadounidense.
  • NO SE DEJE ENGAÑAR por notarios y otros asesores que prometen resultados inmediatos o soluciones especiales con el fin de robar su información. Muchas personas sin escrúpulos le costarán más que los abogados colegiados. Si no está seguro de si alguien está cualificado para ayudarle, pídale una prueba de sus credenciales y conserve una copia de dicha prueba.
Este programa también podría ser detenido legalmente, lo que podría afectar su implementación. Esto hace que sea aún más importante tener un abogado calificado y muy bien informado.
Mientras tanto, le animamos a obtener la siguiente documentación:
  • prueba de identidad, como certificado de nacimiento, con traducción jurada al inglés, si es necesario, y pasaporte.
  • prueba de la relación (matrimonio) antes del 17 de junio de 2024, y de la terminación de matrimonios anteriores, es decir, certificados de matrimonio, sentencias de divorcio, etc.
  • pruebas de la presencia física antes del 17 de junio de 2014, hasta la actualidad, es decir, declaraciones de impuestos, contratos de arrendamiento, extractos bancarios, pólizas de seguros, facturas de servicios públicos, registros de empleo, etc.
  • pruebas relacionadas con antecedentes penales, como antecedentes penales certificados, disposiciones finales certificadas, informes policiales, etc.
  • pruebas relacionadas con el historial de inmigración, como documentación de los tribunales de inmigración, solicitudes anteriores, peticiones anteriores, etc.
  • pruebas relacionadas con el buen carácter moral y los vínculos con Estados Unidos, como declaraciones de la renta, certificados de nacimiento de hijos ciudadanos estadounidenses, cartas de participación en la iglesia, etc.
Una vez que disponga de la documentación y cuando el Gobierno anuncie los detalles sobre cómo solicitarla, le animamos a que programe una consulta haciendo clic en aquí. Si es usted cliente, llame a nuestra oficina al (704) 568-9228 o envíenos un correo electrónico a info@lopezcarolinas.com.
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